miércoles, 2 de diciembre de 2009

53) UN INTENTO DE SOLUCIÓN PACTADA, CON LA INTERVENCION EL SINDIC DE GREUGES DE CATALUNYA.



A pesar de la amplia documentación referida a la expulsión escolar y residencial de David, del centro CERAC y Residencia Llar Cau Blanc, de La Garriga, al Síndic de Greuges de Catalunya, Sr. Frederic Rahola i d'Espona, en la que se ponía de manifiesto la pasividad de los Departamentos de Enseñanza y Bienestar Social , de la Generalidad de Cataluña, nunca tomó una firme resolución, si bien mantuvo algunas reuniones con los padres de David, pero sin llegar a emitir ningún pronunciamiento al respecto, es decir, tuvo una actuación diametralmente opuesta a las actuaciones emprendidas por el Defensor del Pueblo, que como informamos en su momento, dedicó unas amplias referencias en su Informe Anual censurando duramente las dilaciones de la Generalidad de Cataluña en el tema que nos ocupa.
Sin embargo, el Síndic propuso a los padres de David, la posibilidad de poder llegar a una posible situación pactada con la dirección del Centro CERAC-APAFACC, de La Garriga. Al respecto hubo unas conversaciones, siempre a nivel de Síndic de Greuges, cuya intervención consistía en trasladar, a la otra parte, las propuestas y conocer su postura.
A modo de resumen, relacionamos lo que pedían los padres de David:
1.- Indeminización de 5.000.000 de pesetas en concepto de gastos ocasionados.
2.- Reconocimiento de la GENERALIDAD DE CATALUÑA (Departamentos de Enseñanza y Bienestar Social), asumiendo las consecuencias de su actuación pasiva a lo largo de este procedimiento.
3.- Compromiso de la aprobación, a corto plazo, de las Normativas para favorecer la asistencia de las personas que sufran discapacidad en los centros residenciales (El Consejero de Bienestar Social, Hble. Sr. Antoni Comas Baldellou, aseguró, a los padres de David, en entrevista celebrada el día 27 de noviembre de 1990, de que próximamente se procedería a su aprobación.)
4.- Compromiso de los padres de David de registrar y legalizar la entidad "ASOCIACIÓN PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS Y LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Dotación a esta entidad de 25.000.000 de pesetas (Serán deducidos los gastos producidos en concepto de honorarios profesionales de los juristas que les han asistido.)
5.- Compromiso por parte de la titularidad de CERAC, APAFACC, ASEPAC, de convocar una reunión, en el plazo no inferior a 60 días, con asistencia de la totalidad de los padres de las personas asistidas y colectivo de trabajadores, con presencia de representantes de los Departamentos de Enseñanza y Bienestar de la Generalidad de Cataluña; Notario (para levantar acta) y los padres de David, con la finalidad de que se conozcan los verdaderos motivos que ocasionaron la expulsión del niño.
6.- Documentos suscritos por el titular de CERAC-APAFACC, respectivamente, comunicando por conducto notarial, a los padres de David, su decisión de readmitir al niño.
En contrapartida, los padres de David se comprometerían a :
a) Retirar la denuncia interpuesta ante el Tribunal Superior de Justicia d Cataluña, como consecuencia de la expulsión escolar y residencial de David.
b) Retirada del Contencioso Administrativo interpuesto contra la resolución de archivo de actuaciones dictada por el Sr. Ramón Vayreda Casaponsa, Jefe de los Servicios de Ordenación, Evaluación e Inspección, de la Dirección General de Asuntos Sociales, de la Generalidad de Cataluña.
c) Retirada de la denuncia interpuesta ante el Juzgado de Granollers, por presunta apropiación indebida por parte de la entidad APAFACC, del dinero procedente de las ayudas recibidas de la Administración, para el comedor escolar.
d) Retirada de todas las denuncias en curso, interpuestas en estos momentos contra las entidades CERAC, APAFACC, ASEPAC, ante: Síndic de Greuges de Catalunya, Departamento de Enseñanza, Departamento de Bienestar Social, Departamento de Justicia, Departamento de Trabajo, Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
e) Renuncia a inteponer querella por prevaricación contra: Consejero de Bienestar Social, Directora General de Asuntos Sociales y Jefe de los Servicios de Ordenación, Evaluación e Inspección de la Dirección Social.
f)Renunciar, por escrito, a la readmisión de David al Centro CERAC y a la Residencia "Llar Cau Blanc", de la entidad APAFACC.
Estos condicionamientos no fueron aceptados, y el Síndic de Greuges acordó archivar todas las actuaciones en curso correspondientes a las quejas que le habían hecho llegar los padres de David.
Con el archivo de actuaciones, esta Sindicatura de Greuges (Agravios) daba luz verde, también, a que los centros infractores pudieran continuar con sus habituales procedimientos, como con anterioridad había hecho la Generalidad de Cataluña.

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